NORMATIVA EN 14502-1
La cesta cumple la norma UNI EN 14502-1, ratificada por el presidente de UNI e incorporada al cuerpo normativo italiano el 17/11/2005. La norma regula el diseño y la fabricación de equipos para la elevación de personas, en particular la primera parte, que analiza las cestas suspendidas en aparatos de elevación.
La sigla EN identifica las normas elaboradas por el CEN. Las normas EN deben ser obligatoriamente adoptadas por los países miembros del CEN y su sigla de referencia pasa a ser, en el caso de Italia, EN. Estas normas sirven para unificar la normativa técnica en toda Europa; por lo tanto, no se permite la existencia, a nivel nacional, de normas que no estén armonizadas con su contenido.
Las principales características exigidas por la normativa que distinguen la cesta son:
– puntos de anclaje para los dispositivos de retención personal
– espacio vital superior a 1 m²
– suelo de chapa lagrimada antideslizante
– paneles laterales de 1 m de altura con pasamanos en el interior de la cesta para evitar, en caso de impacto, que el operario se aplaste los dedos
– diseño para resistir sobrecargas superiores a seis veces la capacidad nominal
– conformidad con la norma UNI 13586, ratificada por el Presidente de UNI mediante resolución de 05/04/2005, que regula los accesos al puesto mediante escalera.
Art. 4 D. Lgs. 359/99
La maniobra de elevación o descenso de personas mediante grúa debe considerarse únicamente en circunstancias excepcionales, por ejemplo, cuando no sea posible acceder al punto deseado con medios menos peligrosos, o en caso de emergencia.
Equipamiento de la grúa
La grúa deberá estar equipada con:
– limitador de prestaciones (carga y momento)
– freno automático, de modo que cuando se suelten los mandos, el funcionamiento se detenga (control a hombre presente)
– descenso solo con el motor acoplado
– finales de carrera de los movimientos de la grúa.
Procedimientos especiales para la elevación y el transporte de personas
Deben seguirse los siguientes procedimientos especiales cuando se eleven personas:
– la persona específicamente responsable de la supervisión del trabajo a realizar determina el modo menos peligroso de llevarlo a cabo;
– la persona responsable debe describir la operación y sus tiempos de ejecución;
– el informe, una vez aprobado por el responsable, se conservará en los registros del plan de seguridad;
– la elevación y el mantenimiento en altura deben realizarse con seguridad bajo la dirección de una persona especialmente designada;
– debe celebrarse una reunión con presencia del gruista, el encargado, el personal que debe ser elevado y mantenido en altura y los supervisores responsables del área, para analizar los procedimientos que deben seguirse;
– el gruista y el encargado deberán realizar una prueba de elevación con una masa equivalente a la que debe elevarse, aplicada a la plataforma o a la jaula, para verificar su funcionamiento;
– debe mantenerse siempre la comunicación entre el gruista, el encargado y los trabajadores elevados;
– cuando desde la plataforma o la cesta deba realizarse una soldadura, el electrodo sostenido deberá protegerse del contacto con los componentes metálicos de la plataforma o de la jaula;
– el personal elevado o en estacionamiento deberá utilizar cinturones de seguridad conectados a los puntos de anclaje previstos;
– el movimiento de la plataforma de trabajo que transporta al personal deberá realizarse de manera cautelosa y controlada, sin movimientos bruscos de la grúa o de la plataforma de trabajo (la velocidad de ascenso y descenso no debe superar 0,5 m/s);
– no debe ser posible el uso como grúa mientras el personal esté en la plataforma o jaula;
– el personal que se eleva y/o ya está en posición deberá permanecer en contacto visual y/o en comunicación con el operador o el señalista;
– la masa total de la carga suspendida (incluido el personal) deberá ser inferior al 50% de la capacidad nominal de la grúa en condiciones normales de uso. Por lo tanto, la capacidad no debe ser inferior a 1000 kg;
– la grúa debe tener una capacidad nominal de 1000 kg. Las plataformas de soporte del personal deben usarse solo para el personal, sus equipos y el material suficiente para realizar su trabajo. El personal debe mantener todas las partes del cuerpo dentro de la plataforma suspendida durante la elevación, el descenso y el posicionamiento;
– el personal no puede permanecer ni trabajar sobre el pasamanos o el rodapié de la plataforma suspendida;
– la plataforma de trabajo no debe utilizarse con viento y, en cualquier caso, con vientos superiores a 7 m/s o con mal tiempo, nieve, hielo, aguanieve u otras condiciones meteorológicas adversas cuyos efectos puedan afectar a la seguridad del personal;
– el personal a bordo deberá disponer de sistemas de evacuación en condiciones de emergencia;
– después del enganche de la plataforma y antes de que el personal pueda realizar cualquier trabajo, deberán probarse todos los dispositivos de seguridad.
Restricciones de instalación
Está absolutamente prohibido elevar cualquier tipo de cesta elevable sin utilizar todos los ganchos de elevación aplicados a la misma; los accesorios de elevación flexibles pueden ser cables de acero conformes a la EN 13414-1 o cadenas conformes a la EN 818-4, con un factor de seguridad de al menos:
8x (peso de la cesta + capacidad) para las cadenas
10x (peso de la cesta + capacidad) para los cables de acero, incluidas las terminaciones de enganche.
Estos accesorios de elevación deben tener una longitud igual o superior a 2 m. La grúa debe tener una capacidad nominal de al menos 1000 kg.
Para más información, puede consultarse el sitio www.ispesl.it